Skip to main content

Grande-Markaska aprueba un protocolo que permite a las personas trans migrantes cambiar el sexo en sus documentos

Interior activa el procedimiento para que las personas trans migrantes puedan adecuar sus documentos a su identidad

El nuevo protocolo permitirá rectificar el nombre y la mención relativa al sexo en la documentación expedida por la Policía Nacional, incluso cuando el país de origen no reconozca este derecho

El Ministerio del Interior ha aprobado el protocolo policial que permitirá a las personas trans extranjeras solicitar la rectificación de su nombre y de la mención relativa al sexo en los documentos expedidos en España por la Policía Nacional.

La medida, aplicable desde el 14 de julio de 2026, desarrolla por fin un derecho reconocido desde febrero de 2023 en la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Hasta ahora, la ausencia de unas instrucciones administrativas concretas había mantenido este derecho en una situación de bloqueo práctico. La ley lo reconocía, pero muchas personas trans migrantes continuaban recibiendo documentación española con un nombre y un sexo que no se correspondían con su identidad.

La aprobación del protocolo pone fin a ese vacío y establece un procedimiento común para las unidades de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional.

¿Qué documentos podrán modificarse?

La rectificación podrá aplicarse a los principales documentos administrativos expedidos a personas extranjeras:

  • La Tarjeta de Identidad de Extranjero, TIE, en todas sus modalidades.
  • El Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea, CRUE.
  • La cédula de inscripción de personas extranjeras indocumentadas.
  • El título de viaje para personas indocumentadas.
  • Los resguardos de registro y formalización de solicitudes de protección internacional.
  • Los documentos acreditativos de las personas solicitantes de protección internacional.
  • La documentación correspondiente a procedimientos de apatridia.
  • Los certificados de residente y de no residente.

La rectificación no modifica la nacionalidad ni sustituye el registro civil del país de origen. Su finalidad es que los documentos expedidos por las autoridades españolas reflejen correctamente la identidad de la persona titular.

Dos procedimientos según la situación de cada persona

El protocolo contempla dos escenarios diferenciados.

Cuando la persona ya haya realizado el cambio de nombre o sexo en su país de origen, podrá solicitar la actualización de la documentación española presentando su pasaporte o título de viaje vigente, junto con el documento que desee rectificar.

El procedimiento resulta especialmente relevante cuando el país de origen no permite legalmente el cambio, no dispone de un mecanismo efectivo para realizarlo o impone condiciones que hacen imposible ejercer este derecho.

En estos casos, la Brigada de Extranjería y Fronteras solicitará al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación un informe que acredite esa imposibilidad legal o material. Una vez confirmada, la Policía Nacional podrá rectificar los datos en el Registro Central de Extranjeros y emitir la nueva documentación.

Por tanto, no se obliga a la persona trans migrante a obtener previamente una modificación documental en un Estado que no reconoce su identidad.

Un derecho recogido en la ley desde 2023

El artículo 50 de la Ley 4/2023 establece que las personas extranjeras que acrediten la imposibilidad legal o de hecho de rectificar el sexo y, en su caso, el nombre en su país de origen podrán solicitar que esa modificación se realice en los documentos que les sean expedidos en España.

Sin embargo, durante más de tres años, la falta de un protocolo específico impidió que esta disposición se aplicara de forma homogénea. Las solicitudes podían quedar bloqueadas, ser rechazadas o depender de interpretaciones diferentes entre oficinas administrativas.

La resolución, firmada por el director general de la Policía, Francisco Pardo, transforma ahora ese reconocimiento legal en un procedimiento operativo para la Policía Nacional.

Mucho más que un cambio en una tarjeta

La falta de correspondencia entre la identidad de una persona y sus documentos no constituye una simple discrepancia administrativa.

Presentar una documentación con un nombre anterior o con una mención relativa al sexo que no se corresponde con la identidad de la persona puede obligarla a explicar constantemente aspectos íntimos de su vida. También puede exponerla a cuestionamientos, sospechas, discriminación o situaciones de violencia.

La documentación es necesaria para alquilar una vivienda, firmar un contrato de trabajo, abrir una cuenta bancaria, recibir atención sanitaria, matricularse en un centro educativo, viajar, realizar trámites públicos o acreditar una solicitud de protección internacional.

Por ello, la adecuación documental tiene un impacto directo sobre la autonomía, la seguridad y la vida cotidiana de las personas trans migrantes.

La Federación Estatal LGTBI+ estima que alrededor de 65.000 personas trans migrantes podrían beneficiarse de este nuevo procedimiento.

Una respuesta ante una vulnerabilidad múltiple

Las personas trans migrantes pueden encontrarse en la intersección de varias formas de discriminación: por su identidad de género, por su origen, por su situación administrativa, por el desconocimiento del sistema institucional o por la ausencia de redes familiares y sociales.

Esta realidad puede agravarse en el caso de las personas solicitantes de protección internacional, refugiadas, apátridas o procedentes de países que criminalizan o persiguen las identidades trans.

La nueva medida representa, por tanto, un avance especialmente importante para quienes no pueden regresar a su país, dirigirse a sus autoridades consulares o iniciar allí un procedimiento de rectificación sin poner en riesgo su seguridad.

Reconocer su identidad en la documentación española no elimina todas las barreras que afrontan, pero sí corrige una contradicción institucional difícilmente justificable: que un Estado reconociera sus derechos y, al mismo tiempo, les entregara documentos que los negaban.

Del reconocimiento legal a la aplicación efectiva

Desde Lánzate valoramos este protocolo como un avance necesario en materia de dignidad, seguridad jurídica e igualdad de trato.

Los derechos no pueden limitarse a estar escritos en una ley. Deben traducirse en procedimientos accesibles, homogéneos y conocidos tanto por la ciudadanía como por el personal encargado de aplicarlos.

Será fundamental que las unidades policiales y administrativas reciban formación adecuada, que las personas interesadas dispongan de información clara y que el procedimiento se aplique sin interpretaciones restrictivas, demoras injustificadas o exigencias documentales imposibles de cumplir.

También deberá garantizarse una atención respetuosa, confidencial y libre de discriminación durante toda la tramitación.

La identidad no puede convertirse en una barrera para acceder al empleo, la vivienda, la sanidad, la educación o la protección de las administraciones públicas. La documentación debe servir para identificar a una persona, no para cuestionarla ni exponerla.

Con este protocolo, España da un paso relevante para que las personas trans migrantes puedan ser reconocidas por las instituciones conforme a quienes son. Un avance que llega después de años de reivindicación y que ahora deberá demostrarse en su aplicación cotidiana.

  • Visto: 643